TN APAT
TN APAT: un piloto de la Clase 3 fue excluido del evento tras reincidir en la técnica y será pasado a penalidades
Luego de la clasificación llevada a cabo en San Juan, la técnica del TN APAT confirmó la exclusión del evento de un piloto que será pasado a penalidades en la CAF de la ACTC.
- Un piloto de la Clase 3 fue excluido del evento del TN APAT en San Juan tras la clasificación.
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El TN APAT llevó a cabo su clasificación en el Autódromo San Juan Villicum y tras la revisión por parte de la técnica de la categoría, Matías Muñoz Marchesi, quien había finalizado en el puesto 15, fue excluido del evento por no cumplir con el artículo 30 del reglamento deportivo, según informó la categoría.
¿Qué dice el artículo 30 del reglamento deportivo?
Art. 30 – RÉGIMEN DE VUELTAS Para ambas clases, el régimen de vueltas máximo será de 8500 RPM. El mismo se regulará desde la centralina del motor. El técnico de la categoría deberá tener acceso a las mismas sin restricción ni intervención alguna de terceras personas para eventuales controles. Aquel piloto cuyo vehículo no respete las 8500 RPM ni favorezca el control conforme aquí se expresa, será excluido del evento con pase a penalidades a instancias de CAF-ACTC.
Por dicho motivo, el piloto chaqueño no podrá ser de la partida ni en las serie ni en la final del domingo 3 de mayo y además, como bien detalla el reglamento, será pasado a penalidades, ya que el motor preparado por Juan Manuel Garófalo no cumplió con un punto clave, que es igual para todas las marcas.
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Durante la presente temporada, Muñoz Marchesi había sido excluido del evento en la segunda fecha del año, que se corrió el 15 de marzo en el Autódromo Oscar Cabalén de Córdoba. Luego de la competencia, la CAF de la ACTC le aplicó una millonaria multa a uno de los responsables del "Mumu Racing":
“Aplicar al Sr. Ariel Espósito, Responsable del Motor del Auto de Clase 3 N° 16 Perteneciente al Piloto Matías Muñoz Marchesi, la Sanción de Multa de Pesos 3.000.000, por Infringir el ART. 11.1 del Reglamento Técnico y Ficha de Homologación N° 339 (compresión) de la Categoría TN Clase 3, la que deberá depositar por cuenta y orden de la ACTC dentro de los 30 días de notificado a la Fundación Favaloro, comunicando el Cumplimiento de la misma al Dpto. Deportivo ACTC”
En aqulla ocasión, la técnica detectó que se había infrigido el artículo 11.1 del reglamento técnico, que se refiere a la relación de compresión del motor, en este caso, para el Volksvagen Vento es de 10,5.
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